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| Francolín (Francolinus francolinus) Lámina extraída de Classic Nature Prints |
Según estos autores, la extinción del francolín debió ocurrir en Aragón entre finales del siglo XVII y comienzos o mediados del XVIII. Se apoyan en la obra de Marcuello (Historia natural y moral de las aves, 1617) y en sus afirmaciones de que "se ven muchos en Aragón por las riberas del Ebro y en Valencia en las del Turia" y en la de Asso (Historia de la Economía Política de Aragón, 1784), donde el autor expresa "que en las riberas del Ebro fueron en lo antiguo... Estas nobles especies se han extinguido en nuestro Reino por la inobservancia de las Leyes establecidas en Cortes..." y que por tanto, la fecha de extinción debió producirse más o menos entre 1617 -en que Marcuello lo considera abundante- y la redacción del texto de Asso, pués éste ya no los llega a conocer.
También recogen algunas referencias contenidas en Los Fueros de Aragón. En concreto en el Fuero 1 "De venatione leporum", donde se dice que en 1428 se prohibe la caza de faisanes y francolines a fin de promover su propagación (dato recogido en la Gran Enciclopedia Aragonesa), y el Fuero 2 "De la prohibition y vieda de la caza del año 1528", que prohíbe sacar los huevos de estas aves de sus nidos.
NOTA DEL COMITÉ EDITORIAL:
En este artículo, el autor comenta que la cita más antigua sobre la presencia del francolín en España data de las Cortes de Aragón celebradas en Huesca en 1247 (Dieste, M. 1869 "Diccionario del Derecho Civil aragonés". Madrid). En ellas se presentó la primera compilación de las leyes del Reino de Aragón, realizada por Vidal de Canellas, obispo de la ciudad, por encargo de Jaime I El Conquistador. Entre los fueros compilados se incluyen los dedicados a la caza (de venatoribus), el tercero de los cuales versa sobre la captura de osos, jabalíes, perdices, francolines y palomas.
Esta referencia y a juicio del autor, sitúa al francolín en España más de un siglo antes que la primera cita de Maluquer y Travé, fechada en 1368, y en una zona bien alejada de Mallorca. Por otra parte, J. Jiménez destaca que el trabajo del obispo de Huesca se basó en leyes preexistentes, por lo que no se descarta que la caza de esta especie estuviera regulada en Aragón con anterioridad y que su presencia fuera, por tanto, más antigua.

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